2.- Información Organizativa
2.1.- Estructura orgánica
2.1.1.- Normativa aplicable a la entidad (1002) (Rev. Abr-2026) (Docx) – (Odt) – (Pdf)
La Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (PROEXCA) es una Sociedad Mercantil Pública cuyo accionariado es 100% propiedad del Gobierno de Canarias, lo que hace que tanto por su carácter público como por su carácter privado (al ser un Sociedad anónima) esté sometida a muy diverso tipo de legislación.
El carácter Público de PROEXCA.
PROEXCA, por formar parte del sector público, se ve afectada por un gran número de normativa reguladora de este sector, que va desde la propia ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para cada año, en cuyo articulado se menciona expresamente a PROEXCA, hasta por la Ley de Presupuestos Generales del estado vigente, y un gran nº de decretos, órdenes e instrucciones de obligado cumplimiento para todas las entidades que conforman el sector público autonómico Canario. Existen algunas que por su especial importancia y con carácter enunciativo y no limitativo procedemos a enumerar:
- Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021.
- Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
- Ley 6/2006, de 17 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
- Decreto 176/2000, de 6 de septiembre, por el que se establecen normas sobre la creación y disolución de sociedades mercantiles públicas, y sobre la participación de la Comunidad autónoma de Canarias en sociedades mercantiles.
- Orden de 31 de marzo 2005, de la extinta Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regulan determinados procedimientos relativos a la participación de la Comunidad Autónoma de Canarias en sociedades mercantiles públicas y participadas directamente por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la Protección de Datos Personales (“Reglamento General de Protección de Datos” o “RGPD”).
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales(“LOPDGDD”).
El carácter Privado de PROEXCA.
PROEXCA es una sociedad anónima y por lo tanto debe cumplir con la normativa vinculada a esa forma jurídica. Además, también en función del ámbito de actividad que desarrolla la entidad o del aspecto concreto que sea objeto de revisión, le será de aplicación normativa de muy diversa índole, de la cual por su especial importancia, y con carácter enunciativo y no limitativo se procede a enumerar:
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
- Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
- Real Decreto de 22 de agosto de 1885, que aprueba Código de Comercio.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.
2.1.2.- Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad (1004) (Rev. Abr-2026) (Docx) – (Odt) – (Pdf)
Misión:
La misión de PROEXCA es acompañar a las empresas canarias en sus procesos de apertura a nuevos mercados con el fin de diversificar la economía regional, fortalecer el tejido empresarial canario y promover la creación de empleo.
Objetivos generales:
- Promover la internacionalización de la empresa canaria.
- Fortalecer el tejido empresarial canario.
- Atraer inversiones de sectores estratégicos hacia Canarias.
El objeto social de PROEXCA:
- La promoción económica de Canarias, tanto en su ámbito interior como exterior.
- El fomento y la promoción de la exportación de productos canarios de todo tipo.
- La tramitación gestión y realización de acciones de índole social y humanitaria y de ayuda al desarrollo relacionadas con Canarias.
- La gestión administrativa de programas comunitarios.
2.1.3.- Organigrama de la entidad (1018) (Rev. Jun-2026) (PDF) (PPTX) (ODP)
El Comité de Dirección es un comité permanente de PROEXCA que debe reunirse de manera ordinaria cada quince días.
Son miembros del Comité: el/la gerente, el director/a de promoción y red exterior, el director/a de invertir en Canarias, el director/a de formación, el Responsable de Equipo de Soporte y Comunicación de Marketing y el director/a de administración y recursos humanos. Pueden asistir a las reuniones otros empleados de PROEXCA que se considere deban estar presentes por la naturaleza de los temas a tratar.
La convocatoria ordinaria corresponde a la gerencia. En la convocatoria se debe incluir un orden del día.
El Comité se puede convocar, con carácter extraordinario, previa aprobación de la gerencia, a iniciativa de cualquiera de sus miembros.
En el orden del día de los comités ordinarios siempre deberá figurar un apartado dedicado a informar sobre la situación de los proyectos/actividades en ejecución, los resultados de los proyectos/actividades finalizados desde la última reunión y los principales proyectos/actividades a ejecutar a partir de la fecha de celebración.
Los comités de dirección tratarán, además, los siguientes temas:
- El diseño y las variaciones sustanciales de las fichas financieras
- Las necesidades de recursos humanos y materiales y de coordinación de recursos y actividades de distintos departamentos
2.1.4.- Órganos de gobierno, de dirección o de administración de la entidad (1021) (Rev. Abr-2026) (PDF) (DOCX) (ODT)
Los órganos de Gobierno, dirección y administración de Proexca, se diferencian entre:
- Los órganos de gobernanza
- Los órganos de dirección y gestión
Órganos de Gobernanza. Composición y Funciones
Se consideran Órganos de Gobernanza la Junta General, el Consejo de Administración y, si las hubiere, la Comisión Ejecutiva y/o el Consejero o Consejera Delegada. El cargo de Consejero Delegado Ejecutivo lo ostenta D. Pablo Martín Carbajal González tras nombramiento en el Consejo de administración de fecha 16 de febrero de 2024.
Los órganos de Gobernanza están integrados por los representantes designados por el Gobierno en las Juntas Generales y en los Consejos de Administración, quienes tienen la consideración de personas con responsabilidad pública en los términos establecidos legalmente. Ambos órganos se encuentran regulados en el Capítulo III de los Estatutos Sociales, artículos del 9 al 21.
La función de estos órganos es la de asumir la alta dirección estratégica, la misión, visión y valores de la organización para alinearla con los compromisos programáticos establecidos por el Gobierno, con un enfoque de empresa desde la integridad y del buen gobierno corporativo, tomando decisiones estratégicas.
La Junta General es el órgano en el que los accionistas ejercen sus derechos de participación en la sociedad mediante la adopción de acuerdos sobre las materias que la ley y los estatutos le atribuyen, tales como la aprobación de las cuentas anuales, la aplicación del resultado o el nombramiento y cese de administradores.
Por su parte, el Consejo de Administración es el órgano colegiado encargado de la gestión, administración y representación de la sociedad. Le corresponde dirigir la actividad empresarial, definir la estrategia de la entidad y supervisar su funcionamiento, dentro de las competencias que le atribuyen la ley y los estatutos sociales.
Las funciones de cada órgano se encuentran detalladas en el siguiente documento:
- Funciones de los Órganos de Gobernanza de Proexca (.pdf) (.docx) (.odt)
Junta General de Accionistas (Art 9 al 16 de los Estatutos Sociales).
- Migdalia Machín Tavío, Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, es la representante del Gobierno de Canarias en la Junta de accionistas de la sociedad, órgano de carácter unipersonal, al ser Proexca una entidad cuyas acciones y capital social es 100% propiedad de la Comunidad Autónoma de Canarias.
| NOMBRE Y APELLIDOS | FECHA ACUERDO DE GOBIERNO | COMPATIBILIDAD |
| D. Migdalia Mª Machín Tavío | 11-09-2023 | Ac de Gob. de 11-09-23 |
Dirección:
Sede: Emilio Castelar 4, 5ª Planta 35007 Las Palmas de Gran Canaria correo: dirección@proexca.es; Teléfono: 928472400
Sede: Imeldo Seris 57, 6ª Planta 35003 Santa Cruz de Tenerife correo: dirección@proexca.es; Teléfono: 922470450
Consejo de Administración (Art 17 al 21 de los Estatutos Sociales)
La Sociedad estará regida y administrada por un Consejo de Administración compuesto por cinco miembros como mínimo y trece como máximo. Estas personas serán elegidas por la Junta General, y para ser nombradas no se requerirá la condición de accionista, pudiendo ser elegidas tanto personas físicas como jurídicas. Los administradores y administradoras ejercerán su cargo durante el plazo de CINCO AÑOS.
Tras las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Proexca de fechas 21 y 23 de septiembre de 2023, y de 6 ,16 de febrero de 2024, el Consejo de Administración queda compuesto por 13 personas:
| NOMBRE Y APELLIDOS | FECHA ACUERDO DE GOBIERNO | FECHA JUNTA GENERAL | COMPATIBILIDAD |
| Dña. Migdalia María Machín Tavío
(Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura) Vocal – Representante de la Admón. CAC. Junta Gral. |
11-09-2023 | 21-09-2023 | 11-09-2023 |
| D. Juan Alfonso Cabello Mesa
(Viceconsejero de la Presidencia) Presidente |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| D. Gustavo González de Vega
(Viceconsejero de Economía e Internacionalización) Vicepresidente |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| D. Pablo Martín Carbajal González
Vocal Consejero Delegado (nombramiento Consejo Administración 16-02-24) |
5-02-2024 | 6-02-2024 | |
| D. Octavio Caraballo de León
(Viceconsejero del Gabinete del Presidente) Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| D. Manuel Alexis Oliva Hernández
(Director General de Promoción y Diversificación Económica) Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| D. David Pérez_Dionis Chinea
(Director General de Coordinación Orgánica y Proyectos Estratégicos) Vocal |
16-09-2024 |
23-09-2024 |
|
| D. Luis Padilla Macabeo
(Director General Relaciones con África) Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| D. Gabriel A. Megías Martínez
Viceconsejero de Hacienda y Relaciones con la UE. Vocal (Representante de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la UE.) |
11-09-2023 | 21-09-2023 | 11-09-2023 |
| Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife representada por D. Santiago Sesé Alonso
Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria representada por D. Luis Padrón López
Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| Confederación Provincial de Empresarios de S/ Cruz de Tenerife representada por D. Pedro Alfonso Martín
Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 | |
| Confederación Canaria de Empresarios representada por D. Pedro Ortega Rodríguez
Vocal |
11-09-2023 | 21-09-2023 |
Dirección:
Sede: Emilio Castelar 4, 5ª Planta 35007 Las Palmas de Gran Canaria correo: dirección@proexca.es; Teléfono: 928472400
Sede: Imeldo Seris 57, 6ª Planta 35003 Santa Cruz de Tenerife correo: dirección@proexca.es; Teléfono: 922470450
Órganos de Dirección y Gestión
En la actualidad, el máximo órgano ejecutivo de gestión de la empresa son el Presidente y el Consejero Delegado Ejecutivo. Ambas forman parte de los órganos de gobernanza de la entidad y a su vez tienen la consideración de personal directivo con responsabilidad pública. El Consejero Delegado Ejecutivo (CDE) ha asumido la responsabilidad de la gestión y dirección estratégica de la empresa, asegurando el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Consejo de Administración. Entre sus funciones principales, se incluyen la toma de decisiones operativas clave, la supervisión de la ejecución de los proyectos en los que participa y las actividades que desarrolla Proexca, la representación institucional de la compañía y la gestión de relaciones con el accionista único el Gobierno de Canarias, los clientes y/o partes interesadas. Además, debe velar por la optimización de los recursos, la implementación de políticas corporativas y la promoción de una cultura organizativa alineada con la visión y valores de la empresa. También es responsable de garantizar el cumplimiento normativo, la transparencia en la gestión y la rendición de cuentas ante los órganos de gobierno de la sociedad.
Dirección:
Sede: Emilio Castelar 4, 5ª Planta 35007 Las Palmas de Gran Canaria correo: dirección@proexca.es; Teléfono: 928472400
Sede: Imeldo Seris 57, 6ª Planta 35003 Santa Cruz de Tenerife correo: dirección@proexca.es; Teléfono: 922470450
2.2.- Sociedades mercantiles, fundaciones, consorcios, asociaciones públicas y demás entidades privadas en las que participe mayoritariamente
2.2.1.- Capital social, dotación fundacional o participación y recursos que financian sus actividades. (1029) (Rev. Jun-2026) (PDF) (XLSX) (ODS)
-
- El capital social se fija en la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS (1.602.900 €) EUROS, completamente suscrito y desembolsado, dividido y representado por quinientas (500) acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie de TRES MIL DOSCIENTOS CINCO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS DE EURO (3.250,80 €) de valor nominal cada una numeradas correlativamente del uno (1) al quinientos (500) ambos inclusive.
2.2.2.- Acuerdos en los que se disponga la creación, modificación, participación o extinción de la entidad y, en su caso, Boletín Oficial en el que están publicados. (1030) (Rev. Jun-2026)
2.2.3.- Estatutos por los que ha de regirse la entidad, y sus modificaciones (1031) (Rev. Jun-2026)
- Estatutos 2004 (Rev. Abr-2025) (PDF) (DOC) (ODT)
- Escritura de modificación de Estatutos 2009 (Rev. Oct-2023) (PDF) (DOC) (ODT)
- Escritura de modificación de Estatutos 2022 (Rev. Oct-2023) (PDF)
- Escritura de modificación de Estatutos 2024 (Rev. May-2024) (PDF)
